Reglamento Europeo de Servicios Digitales aplicable a servicios intermediarios, independientemente de su tamaño

El Reglamento Europeo de Servicios Digitales (conocido comúnmente como “DSA”) regula la prestación de los denominados “servicios intermediarios”, es decir de infraestructuras de red, de memoria caché, de alojamiento de datos y de plataformas en línea.

Los objetivos principales de esta norma son, por un lado, tanto prevenir actividades ilegales y perjudiciales en internet y la difusión de la desinformación como garantizar la seguridad de los usuarios y crear un entorno digital más seguro, transparente y predecible para ciudadanos y empresas, así como proteger los derechos fundamentales; por otro, establecer unas condiciones óptimas de competencia equitativas que fomenten la innovación, el crecimiento y la competitividad, tanto en el mercado único europeo como a escala mundial.

El DSA ya era aplicable, desde noviembre de 2023, a las “plataformas en línea de muy gran tamaño” y los “motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño”. Desde el 17 de febrero de 2024 también es aplicable a todos los prestadores de esta clase de “servicios intermediarios” independientemente de su tamaño. Por tanto, actualmente, todas estas entidades deberán adaptar su actividad a las nuevas obligaciones, según la naturaleza o tipo de servicio prestado y su dimensión.

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