Régimen legal de retribución de consejeros con funciones deliberativas y ejecutivas

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, mediante resolución de 30 de octubre de 2024, se ha pronunciado nuevamente sobre el régimen de retribución de los miembros del consejo de administración, diferenciando entre los consejeros con funciones deliberativas y los consejeros con funciones ejecutivas.

Dicha resolución confirma la inscripción de unos acuerdos sociales en cuya virtud se determina que el cargo de consejero con funciones deliberativas es gratuito, mientras que el cargo de consejero con facultades ejecutivas tendría el carácter de retribuido, incluyendo los estatutos para este último varios sistemas de retribución que serían objeto de determinación en los contratos a celebrar con los consejeros delegados.

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