En los últimos días estamos asistiendo a un duelo dialéctico a través de las redes sociales entre el Presidente de la RFEF y el Presidente de la LFP. El nuevo motivo de disputa entre los dirigentes de los estamentos que marcan los designios del balompié en nuestro país radica en el polémico partido de los lunes por la noche, respecto del cual los aficionados de muchos clubes han mostrado claramente su oposición. Ahora bien, ¿puede la RFEF acabar con estos partidos como afirma el Sr. Rubiales? Para poder contestar a esa pregunta debe analizarse quien tiene la competencia para fijar los horarios de los partidos de la competición liguera. En este sentido, la Ley del Deporte determina que “Las Ligas profesionales tendrán personalidad jurídica y gozarán de autonomía para su organización interna y funcionamiento respecto de la federación deportiva española de la que formen parte”. Asimismo, recoge que es competencia de la liga profesional “organizar su propia competición, en coordinación con la federación correspondiente (…)”.
Para cumplir este mandato legal, la LFP y la RFEF tienen formalizado un convenio de coordinación que regula todas las cuestiones relativas a la organización del campeonato. ¿Y qué dice el Convenio sobre el particular? Pues el actualmente vigente establece en su artículo 6, apartado 10, que “es competencia de la LFP concretar los horarios y modificaciones correspondientes a la competición profesional (…)”. A tenor de lo expuesto es la LFP la que actualmente tiene la competencia para fijar los horarios, si bien la vigencia del convenio finaliza en junio de 2019 y las posturas están tremendamente enfrentadas