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En los meses de junio y julio de 2023 se han publicado en el BOE, entre otras, las siguientes normas en materia laboral:
1.- El Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea.
Desde el punto de vista laboral, las principales novedades van referidas a la conciliación de la vida familiar y profesional de los progenitores y de los cuidadores. Entre otras cuestiones, se califica como discriminatorio el trato desfavorable dispensado a mujeres u hombres por el ejercicio de sus derechos de conciliación o corresponsabilidad de la vida familiar y laboral; se incrementan los supuestos en los que puede solicitarse la adaptación de la jornada por parte de la persona trabajadora; se amplía el número de días de permiso por accidente o enfermedad grave de familiares de la persona trabajadora, incluyéndose también a la pareja de hecho y a personas convivientes; se introduce un nuevo derecho a ausentarse del puesto de trabajo por causa de fuerza mayor relacionada con motivos familiares urgentes y se regula un nuevo permiso parental hasta que el menor cumpla 8 años.
2.- El Real Decreto 608/2023, de 11 de julio, por el que se desarrolla el Mecanismo RED de Flexibilización y Estabilización del Empleo.
Esta norma desarrolla lo dispuesto en el artículo 47.bis del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, relativo al Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo, introducido por el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, que, una vez activado, permitirá a las empresas la solicitud de medidas de reducción de jornada y suspensión de contratos de trabajo en su modalidad cíclica y sectorial. Asimismo, también modifica el Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada.
Mediante la presente comunicación y del enlace al documento que, a continuación, se inserta, les informamos de las modificaciones más relevantes introducidas por las citadas normas.