Novedades en D. Mercantil introducidas por la Ley 40/2015

El pasado 2 de octubre de 2015 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público (“LRJSP”), norma que, aunque referida principalmente a cuestiones propias del Derecho administrativo, ha introducido algunas novedades relevantes en materia mercantil.

Se modifican varios preceptos de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, en materia de sujetos legitimados para solicitar la declaración judicial de concurso, retribución de administradores y créditos concursales con privilegio especial.

Por otra parte, las fundaciones del sector público estatal dejarán de regularse por la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, pasando a serlo por la LRJSP (artículos 128 a 136). Y las funciones del Protectorado de las fundaciones de competencia estatal serán ejercidas por la Administración General del Estado a través de un único órgano administrativo.

Por último, se modifica el calendario de fechas de entrada en vigor establecido en la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.

Podrá ampliar información mediante la nota informativa elaborada por nuestros Departamentos de Derecho Privado y Derecho Mercantil, haciendo clic sobre el documento que se adjunta.

 

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