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Con fecha 26 de mayo ha entrado en vigor la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.
La norma define el concepto de gran tenedor, pudiendo comprenderse en él los titulares de cinco o más inmuebles urbanos de uso residencial radicados en las denominadas zonas de mercado residencial tensionado. Las comunidades autónomas serán las responsables de declarar estas zonas tensionadas, siempre que se cumplan uno de los dos condicionantes que establece esta ley.
Asimismo, modifica la Ley de Arrendamientos Urbanos, estableciendo límites en la renta de arrendamientos de vivienda así como la posibilidad de que el arrendatario pueda acogerse a una prórroga extraordinaria a la finalización del contrato. Por otro lado, regula topes para la actualización de la renta del 2% y 3% para los años 2023 y 2024, respectivamente, y sustituye el IPC por un nuevo índice que se aplicará a partir de 2025.
Adicionalmente, esta ley modifica los procedimientos de desahucio, de ejecución hipotecaria y de subasta de bienes inmuebles, ampliando el ámbito de protección cuando se identifiquen situaciones de vulnerabilidad de quienes ocupen la vivienda.
A través de la presente comunicación, y del enlace al documento que a continuación se inserta, les informamos acerca de las modificaciones más relevantes que introduce esta norma.