La caótica situación por la que atraviesa la RFEF parece no tener fin. Por un lado, el pasado 22 de diciembre se confirmó por el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) la destitución de Villar por falta de neutralidad en las pasadas elecciones en el curso del expediente disciplinario extraordinario incoado. No obstante, dicho acuerdo se encuentra recurrido ante el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo por el ya destituido presidente. Ante esta situación, el Presidente en funciones, según los estatutos de la RFEF, debería convocar ya de forma inmediata a la Junta Directiva para la creación de una Comisión Gestora que convocara elecciones para proveer el cargo. Sin embargo, la convocatoria no se producirá de forma inmediata como se prevé estatutariamente, sino que se retrasará hasta que desde el Consejo de Estado se produzca el dictamen sobre si dicha convocatoria de elecciones debe realizar a la totalidad de la Asamblea General o, por el contrario, debe ser parcial y limitarse a la presidencia.
Por si esto fuera poco, el pasado viernes se produjo un nuevo pronunciamiento del TAD mediante el cual se anulan las elecciones parciales de la RFEF convocadas por el presidente en funciones –Sr. Juan Luís Larrea- para cubrir las vacantes de 8 miembros de la Asamblea -6 futbolistas y 2 entrenadores-. Según el TAD, las bajas en la Asamblea General deben cubrirse de forma automática por el siguiente candidato que hubiera obtenido un mayor número de votos en el estamento en el que se produce la baja, de conformidad con el artículo 14.3 de la Orden Electoral, y no mediante una convocatoria de elecciones parciales como se hizo