El Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero ha aprobado la ampliación del plazo del que disponían los titulares de derechos mineros.

El Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa, ha aprobado -entre otras importantes novedades- la ampliación hasta el 17 de diciembre de 2024, salvo excepciones, del plazo del que disponían los titulares de derechos mineros para:

  1. Presentar una modificación del proyecto de aprovechamiento minero de que se trate, o
  2. Solicitar la autorización de un proyecto de investigación sobre las cuadrículas mineras concedidas pero no explotadas, en cuyo caso no se exigirá el otorgamiento sino que será suficiente presentar la solicitud con los debidos requisitos legales.

Todo ello, respecto de aquellas cuadrículas mineras que, habiendo sido concedidas, no estuvieran siendo objeto de actividades mineras, a fin de evitar la especulación y promover la investigación, así como el aprovechamiento de los recursos mineros no explotados.

Dicha circunstancia es extraordinariamente importante dado que se entenderá que el titular renuncia al aprovechamiento de los recursos concedidos sobre dichas cuadrículas si, vencido el plazo, no hubiera sido presentada la correspondiente modificación del proyecto o solicitud de autorización del permiso de investigación.

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