El Economista

“OLVIDE LAS MINUSVALÍAS EN BOLSA SI HEREDA ACCIONES: NO LAS PUEDE APROVECHAR”

“Algunas de las acciones con más historia de la bolsa española van pasando de generación en generación. Las telefónicas, o maltides como se conocieron tras la famosa publicidad de José Luis López Vázquez de los años 60. Las de Banco Santander, que cobijan a los antiguos accionistas del Central y del Hispano. O las de BBVA, fruto de numerosas fusiones entre grandes bancos que también anduvieron su camino individual en bolsa. Son precisamente algunos de estos títulos con tanta trayectoria en el parqué los que han sido más duramente castigados durante esta pandemia. Quien este año herede esas acciones lo hace asumiendo que sus cotizaciones han caído hasta niveles de la década de los 90. Y que soportan caídas desde los máximos de 2007 y 2008 de entre el 85% y el 90%. Con todas las implicaciones fiscales que ello supone.(..)”

El diario digital “El Economista” recoge en un extenso reportaje en el que ha participado Dolores Buendía del Cid, abogado senior del área del Derecho del tributario de MONTERO ARAMBURU ABOGADOS y especialista en Derecho sucesorio, las claves de la tributación en sede del heredero de las acciones cotizadas en bolsa. La especialista en sucesiones y donaciones responde a cuestiones tan diversas como el cálculo del valor de adquisición de las acciones o si el beneficiario puede aplazar el pago del impuesto en el momento de recibirlas.

Artículo completo en el siguiente enlace.

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