La Audiencia Nacional, en reciente sentencia de 1 de febrero de 2018, ha puesto fin al procedimiento contencioso que mantenía la anterior Secretaria General de la Fundación del Tenis Español y, durante un tiempo, Presidenta en funciones de la Real Federación Española de Tenis (en adelante, RFET) Doña Olvido Aguilera García con el Consejo Superior de Deportes. El conflicto tiene como origen la “batalla” abierta por parte del CSD –a raíz del caso “Gala León”- contra el otrora presidente de la RFET, D. Jose Luís Escañuela, como consecuencia de la presunta comisión de infracciones disciplinarias que dieron lugar a diferentes expedientes disciplinarios incoados por el TAD que han sido archivados sin sanción alguna en su gran mayoría. Consecuencia de la instrucción de dichos procedimientos, se acordó de forma provisional la suspensión en su cargo del antiguo presidente, el cual paso a ser ocupado en funciones por Doña Olvido.
Pues bien, ante esta situación que no era la esperada por el CSD, la Comisión Directiva de dicho órgano acordó igualmente suspender cautelarmente en dicho puesto a Doña Olvido por la supuesta comisión igualmente de infracciones disciplinarias. La Audiencia Nacional, en la sentencia citada, reconoce con rotundidad la improcedente actuación de la Comisión Directiva del CSD al acordar la suspensión cautelar y quitar de su cargo a Doña Olvido, declarando la nulidad del acuerdo y condenando en costas a la Administración, puesto que el mismo fue adoptado con anterioridad a la incoación por el TAD del expediente disciplinario. Expediente que, por otro lado, fue archivado por el TAD sin imposición de sanción alguna