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El pasado 20 de diciembre de 2024 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística (INE), por la que se define el índice de referencia para la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda durante 2025.
Este índice reemplaza al Índice de Precios al Consumo (IPC) en las revisiones anuales de renta a partir del presente año, y será aplicable a todos los contratos de arrendamiento de vivienda que hayan sido firmados a partir del 25 de mayo de 2023, fecha de entrada en vigor de la Ley de Vivienda. Los contratos firmados antes de esa fecha se seguirán actualizando conforme al IPC.
El nuevo índice de referencia será aplicable a todos los arrendamientos de vivienda, cualquiera que sea la persona del arrendador o la zona donde se encuentre ubicada la vivienda arrendada, y se calculará tomando el valor más bajo entre tres indicadores: la tasa anual de variación del IPC, la tasa anual de variación del IPC subyacente y un índice que se calcula conforme a la fórmula que se detalla en la propia resolución publicada.
Cada mes, el INE publicará los resultados de este nuevo índice, habiéndose dado a conocer el primero el 2 de enero de 2025, que es del 2,20%.