En este mismo espacio, hace sólo una semana, les comentaba que, con total seguridad, el presidente y el vicepresidente económico de la RFEF serían suspendidos de sus funciones cautelarmente por la comisión directiva del CSD tras la incoación de expediente disciplinario por el TAD, requisito imprescindible para ello.
Pues bien, así se ha producido, y el Sr. Villar y el Sr. Padrón han sido suspendidos temporalmente por un año. El TAD, en su resolución, acuerda la incoación de expediente disciplinario a instancia del presidente del CSD, el cual denuncia las irregularidades que se están cometiendo en la RFEF y pone de manifiesto las actuaciones llevadas a cabo por la Fiscalía Anticorrupción, que concluye y confirma la existencia de unos hechos que revisten los caracteres de administración desleal, apropiación indebida, corrupción entre particulares y falsedad documental. A juicio
unánime de los miembros del TAD, de los hechos denunciados y de la documentación existente se derivan indicios racionales de la posible comisión de infracciones disciplinarias deportivas.
En concreto, la infracción que motiva la incoación del expediente es la “incorrecta utilización de fondos privados o de las subvenciones, créditos o avales y demás ayudas del Estado, de sus Organismos Autónomos o de otro modo concedidos con cargo a los Presupuestos Generales del Estado”, prevista en el artículo 76.2 de la Ley del Deporte, en relación con el 15.c) del Decreto de Disciplina Deportiva. No obstante, el TAD advierte de que, durante la instrucción del expediente, y a medida que se investiguen los hechos, es posible que se imputen nuevas infracciones disciplinarias del citado art. 76.