“La sentencia recientemente emitida por el TJUE, declarando la vulneración del Derecho de la Unión Europea por la normativa del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones español (ISD), permite solicitar la devolución de parte de las cuotas satisfechas por este tributo en determinadas operaciones con elementos transfronterizos, o reclamar indemnización patrimonial al Estado en el caso de ejercicios ya prescritos.(…)”.
Artículo publicado en el número 44 de la revista de INFOLEGIO redactado por Oliva Linares Gª de Cosío y Jorge Sánchez Álvarez, abogados, miembros del Departamento de Derecho Tributario y Director del Departamento de Fiscalidad Internacional de MONTERO | ARAMBURU ABOGADOS, respectivamente.“La sentencia recientemente emitida por el TJUE, declarando la vulneración del Derecho de la Unión Europea por la normativa del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones español (ISD), permite solicitar la devolución de parte de las cuotas satisfechas por este tributo en determinadas operaciones con elementos transfronterizos, o reclamar indemnización patrimonial al Estado en el caso de ejercicios ya prescritos.(…)”.
Artículo publicado en el número 44 de la revista de INFOLEGIO redactado por Oliva Linares Gª de Cosío y Jorge Sánchez Álvarez, abogados, miembros del Departamento de Derecho Tributario y Director del Departamento de Fiscalidad Internacional de MONTERO | ARAMBURU ABOGADOS, respectivamente.
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