Como recordarán, la Liga de Fútbol Profesional (LFP) prohibió a Mediaset el acceso a los campos de fútbol, como consecuencia de que el grupo mediático no admitiera el acuerdo que alcanzó la LFP con TVE para emitir los resúmenes de la Liga. Esto fue aceptado por el resto de operadores televisivos, a los que les permitían la entrada a los estadios para emitir con un límite de 90 segundos de resúmenes por cada día de cada jornada de Liga.
Mediaset presentó en septiembre del año pasado una denuncia ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) al considerar que la LFP estaba vulnerando su derecho a la información al limitar su acceso a los estadios.
Finalmente, en enero la CNMC estimó la denuncia y resolvió que la LFP debía permitir a Mediaset el acceso a los estadios de fútbol para garantizar el derecho de información de los ciudadanos.
Son interesantes dos cuestiones adicionales sobre los que se ha pronunciado la CNMC. Los 90 segundos se consideran tiempo suficiente y adecuado para asegurar el derecho de información. Por otro lado, afirma que el derecho de uso de estos resúmenes caduca a las 24 horas desde la finalización del partido y que, dentro de este plazo, los medios sólo pueden utilizar las imágenes de los partidos en dos informativos.
La LFP ha reaccionado ante la respuesta de la CNMC y ha solicitado a la Audiencia Nacional, como medida cautelarísima, la suspensión de dicha resolución al entender que ha sido dictada por un órgano manifiestamente incompetente y que, además, atenta desproporcionadamente contra los derechos económicos y las expectativas de la LFP, de los clubes y de los operadores audiovisuales.
La semana pasada, la Audiencia Nacional rechazó finalmente dichas medidas y acordó tramitar este incidente cautelar por otro cauce. Así que debemos esperar al siguiente capítulo…
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