¿SE PUEDE RESOLVER LA COMPRAVENTA DE UNA VIVIENDA POR NO OBTENER LA FINANCIACIÓN?”
“El gobernador del Banco de España, Hernández de Cos, declaró el pasado 18 de mayo ante la comisión parlamentaria de Asuntos Económicos que habían quedado obsoletas las previsiones más optimistas sobre los efectos de la pandemia en la economía y situó la caída del PIB en el 2020 entre el 9,5% y el 12,4% en el 2020. Añadió que la recuperación no estará exenta de dificultades y no se pueden descartar escenarios más desfavorables. En efecto, las del Banco de España no son las predicciones más pesimistas. Morgan Stanley pronosticó un hundimiento del PIB de España de hasta el 22,6%.(..)”
La crisis que seguirá a la pandemia reducirá el precio de los inmuebles y empeorará la economía de los compradores. Muchos, por interés o por necesidad, tratarán de resolver las compraventas firmadas. En el artículo redactado por Javier Alonso Morgado, abogado senior del departamento de Derecho procesal-civil de MONTERO ARAMBURU ABOGADOS y publicado en el diario digital “Brainsre News” se analiza si pueden alegar para ello no haber obtenido la financiación necesaria para pagar el precio.
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