“LOS TRABAJADORES EN LA EMPRESA CONCURSADA:¿QUÉ HAY CON LOS SALARIOS NO ABONADOS POR EL FOGASA?”
“El Tribunal Supremo, en su reciente sentencia de 8 de enero de 2020, ha resuelto una cuestión que se plantea muy frecuentemente en los concursos de acreedores: la imputación de los pagos realizados por el Fogasa (Fondo de Garantía Salarial) a los trabajadores de la compañía. (…)”
La edición digital del diario “Expansión” recoge el artículo redactado por Ana Beatriz Gamero y María Garrido, abogadas senior del departamento de Derecho mercantil de MONTERO ARAMBURU ABOGADOS, que analizan la sentencia de 8 de enero de 2020 del Tribunal Supremo que aborda la problemática de la imputación de los pagos realizados por el Fogasa (Fondo de Garantía Salarial) a los trabajadores de compañías que se encuentren en concurso de acreedores.
Acceso aquí al reportaje publicado por el diario.