El pasado mes de enero el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) dictó sentencia que ponía fin al conflicto suscitado entre la Federación Nacional de Asociaciones y Sindicatos Deportivos, y otros deportistas individuales, y el estado Francés. El origen del litigio era la obligación de localización de los deportistas para ser sometidos a controles de dopaje impuesta por la ley francesa, por su posible incompatibilidad con el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. En concreto, se discutía si la obligacion de los deportistas de infomar trimestralmente de su localización y de reservar una hora al día en la que deben estar a disposición para ser sometidos a posibles controles, vulnera su derecho a la vida privada. En la citada sentencia, el TEDH reconoce que la obligación de localización impuesta a los deportistas tiene importantes repercusiones en su vida cotidiana y afecta significativamene a su vida privada, suponiendo importantes limitaciones a su autonomía personal, por lo que resulta aplicable el citado artículo 8 del Convenio. No obstante, el Tribunal, al estar la medida prevista en una norma de rango legal que busca la protección de la salud pública y los derechos de otros deportistas, unido al hecho de que se trata de una medida que cuenta con un amplio consenso y respaldo a nivel internacional en la lucha contra el dopaje, considera que deben aplicarse las excepciones previstas en el reseñado artículo 8 y que, en consecuencia, la citada norma de localización no vulnera el derecho a la vida privada, familiar, ni la libertad de movimientos de los deportistas.
Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.