El proyecto de Decreto por el que se regula el título IX de la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía “solución de litigios deportivos” ha sido recientemente sometido a información pública, con el fin de fomentar la mayor participación posible en la configuración de la norma, por lo que sigue el curso para su pronta aprobación y entrada en vigor. Entre las novedades más interesantes que recoge el mismo destaca la creación del Tribunal Administrativo del Deporte de Andalucía –TADA- que se convertirá en el órgano único e independiente para la resolución de todas las cuestiones controvertidas de naturaleza deportiva en Andalucía. El TADA, no sólo mantendrá las funciones y competencias que actualmente ostenta al Comité Andaluz de Disciplina Deportiva, sino que asumirá nuevas e importantes funciones y competencias.
Entre ellas, podemos destacar la posibilidad de ejercer la potestad sancionadora en materia disciplinaria deportiva; conocer y resolver las cuestiones litigiosas que sean sometidas a través del sistema arbitral o de mediación también previsto en la norma; incoar, instruir y resolver expedientes disciplinarios a presidentes y directivos de federaciones deportivas andaluzas, no sólo a instancias del Secretario General como actualmente está previsto, sino de oficio y a propia iniciativa del TADA, así como la solución de conflictos entre federaciones deportivas o sus órganos disciplinarios en el ámbito de la disciplina deportiva.
En definitiva, un nuevo Tribunal Deportivo que aglutinará y será responsable de la resolución final en vía administrativa de la práctica totalidad de los litigios disciplinarios deportivos.